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Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas

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Todos los edificios públicos que se construyan a partir del año 2010 deberán ser en origen accesibles para todas las personas, de manera que puedan transitarlos y usarlos en igualdad de condiciones los ciudadanos con problemas físicos, psíquicos o sensoriales y los que carecen de dificultades de cualquier tipo. Todo ello con la finalidad de conseguir la Igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas con discapacidad.

La obligatoriedad de que los edificios públicos sean accesibles en origen quedará recogida en el Código Técnico de Edificación, que tiene previsto aprobar el Gobierno en la tercera semana de este mes de diciembre, según anunció hace unos días Juan Carlos Ramiro, director general de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre Discapacidad. El no adaptarse a las disposiciones sobre accesibilidad podría suponer sanciones económicas de acuerdo a lo establecido en la ley además de no cumplir con la función ejemplarizante de las entidades públicas.

De acuerdo con lo comentado en nuestro artículo de portada, el Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Fondo Estatal para Inversión Local, Plan E II, dotado con 5.000 millones de Euros. Entre otras y dentro del catálogo de actuaciones se engloban las iniciativas en la mejora de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, donde en Bureau Veritas ofrecemos nuestros servicios, a aquellos municipios que lo requieran, para orientar sus inversiones a mejorar la accesibilidad tanto en edificios públicos en uso como vías urbanas.

Con la intención de utilizar los fondos del nuevo Plan en obras dirigidas a mejorar la Accesibilidad, el municipio necesita conocer si realmente sus edificios públicos de pública concurrencia, vías urbanas, jardines, mobiliario urbano, etc. se adecuan al decreto 39/2004 de 5 de Marzo y a la Orden de 9 de Junio de 2004 por los que se desarrolla la ley 1/1998, de 5 de Mayo. Para ello, un estudio independiente de los edificios públicos en uso y/o vías urbanas, valorará el cumplimiento de la mencionada ley, decretos y órdenes y permitirá tener un conocimiento real del grado de cumplimiento de la Ley.

El objeto del servicio que presta Bureau Veritas es principalmente, estudiar la accesibilidad a Edificios públicos y medio urbano ya ejecutados y que actualmente no cumplen con la ley Autonómica, conforme a los requisitos establecidos en la ley 1/1998 de 5 de Mayo y los decretos que desarrollan esta ley.

Bureau Veritas prestará el servicio de revisión desde la independencia, que comprende:
  • Examen del emplazamiento y sus limitaciones.
  • Análisis de los datos aportados en los elementos existentes.
  • Actuaciones necesarias para el cumplimiento de la ley.
El informe presentado identificará los puntos que no se adecuan a la ley, y la presentación de actuaciones necesarias para cumplirlas.





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